Como cada año por estas fechas la navidad ha invadido el espíritu navideño de los españoles. Si damos un paseo por cualquier ciudad podemos apreciar como las calles y edificios se encuentran engalanados con las decoraciones típicas de navidad, siendo en algunas un verdadero espectáculo audiovisual. Papas Noel colgando de balcones, luces a todo color e incluso villancicos podemos encontrar en los balcones de los vecinos, pero ¿tengo que soportar todo aquello que se le ocurra al vecino que tiene una verdadera exaltación por la navidad?
En cuanto a la decoración navideña en zonas comunes, en primer lugar se tendrá que verificar si en los estatutos o la escritura de división horizontal existe alguna limitación al respecto. Colocar un belén en el portal o un papa Noel gigante en la fachada no puede ser una decisión que tome el presidente o un vecino sin contar con el consentimiento del resto. Es por ello por lo que se deberá convocar una reunión en junta de propietarios para discutir este asunto. En este sentido, todos los propietarios deben de abordar esta cuestión siendo necesario para su aprobación mayoría simple de los comuneros.
Si, lo vecinos no estuviesen de acuerdo podrían prohibirlo, por lo que cualquier vecino tendría prohibido instalar en su balcón cualquier adorno navideño ya que afecta a un elemento común del edificio como es la fachada.
No obstante lo anterior, existe una tolerancia generalizada al respecto por lo que la mayoría de las comunidades ni tan siquiera se reúnen para debatir este asunto dejando libertad a los propietarios para colocar en sus balcones adornos navideños, algunos de lo más variopinto.
Por último, el equipo de Apivirtual no quiere terminar este post sin desear a nuestros lectores unas felices fiestas, sintiéndonos afortunados todos los días, porque, nuestro mejor regalo, sois vosotros.