Seguimos con las dudas, y sus correspondientes respuestas, que surgen a nuestros lectores a la hora de adquirir una vivienda y a las cuales intentamos dar una respuesta lo más clara posible.
En este caso, muchos se preguntan si es cierto que a la hora de comprar una vivienda a un no residente se tenga que retener un 3% al vendedor de la misma.
La respuesta es sí, ya que aquellos que le compran una propiedad a un no residente están obligados en todo momento a retener un 3% del precio total de venta. La cantidad retenida debe liquidarla el comprador al Tesoro Público en un plazo máximo de 30 días desde que se haya firmado la escritura de compraventa, utilizando el Modelo 211 de Hacienda.
Este se trata de un pago a cuenta que tiene que hacer el vendedor (aunque siempre a través de su comprador) del impuesto sobre el incremento patrimonial.